domingo, 17 de enero de 2016

Reglamento nacional de la tenencia de perros

En febrero de 2009, se elaboró el Acuerdo Interministerial para la Tenencia Responsable de Perros, el cual entró en vigencia en agosto del mismo año.
En sus puntos principales el reglamento establece:
·         OBLIGACIONES:
-       Otorgar condiciones de vida adecuadas a las características del animal.
-       Educar, socializar e interactuar con el perro en la comunidad.
-       Mantener únicamente el número de perros que las normas de bienestar animal permiten.
-       Recoger y disponer sanitariamente los desechos del animal.
-       Cuidar que los perros no causen molestias a los vecinos.
-       Entre otras.
·         PROHIBICIONES:
-       Maltratar, golpear o someter al animal.
-       Abandonar o mantener en estado de aislamiento.
-       Encadenar, enjaular o confinar permanentemente en terrazas, patios, balcones o similares.
-       Envenenar masivamente perros propios o ajenos.
-       Usar la imagen de perros para simbolizar maldad, agresividad o peligro.
-       Entre otras.

CÓDIGOS PENAL Y CIVIL:
El Código Penal Ecuatoriano, en aquellas partes que se refieren a animales, habla lo siguiente:
•           Muerte de un animal doméstico en el lugar que el dueño del animal es propietario, usufructuario, locatario o inquilino.
•           Prohibición de tenencia de animales domésticos o domesticados en bienes declarados en propiedad horizontal.
•           La zoofilia.
•           Contravenciones penales.

ORDENANZA 128 DEL DM DE QUITO:
El objetivo que esta ordenanza metropolitana persigue es el de”… establecer las condiciones en las que los habitantes y visitantes del Distrito Metropolitano de Quito deben mantener los perros y otros animales domésticos a su cargo, sean o no propietarios de éstos…”
Entre las principales disposiciones están:
·         OBLIGACIONES:
-       Cubrir gastos médicos y psicológicos si su animal ataca a otra persona u otro animal.
-       Mantener al animal en condiciones que no ocasionen molestias a los vecinos.
·         PROHIBICIONES:
-       La venta de perros en espacios públicos sin el debido permiso.
-       Amarrar o encadenar dejando a los animales en situaciones de riesgo.
-       Organizar y promover peleas de perros.
·         SANCIONES:
-       Multas que van entre los 50 y 200 dólares.


Imagen tomada de Google Image

1 comentario:

  1. Excelente información me parece muy bueno que la hayas incluido en tu blog ya que así podremos estar bien informados sobre las penas que existen por maltrato animalen el Ecuador.

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